La NOM 010 STPS 2014 suele consultarse cuando alguien pide evidencia. Por ejemplo, llega una visita de inspección, una auditoría interna o un reporte de irritación en la piel. Por eso surgen las preguntas de fondo. ¿Hay un estudio actualizado de las sustancias? ¿Están a mano las hojas de datos de seguridad? ¿Quién usa qué equipo de protección?
Esta guía responde esas preguntas con numerales de la norma y un checklist de manejo seguro de sustancias químicas. Además, explica su relación con la NOM-018-STPS-2015 y la NOM-017-STPS-2024. Un aviso antes de empezar: la norma vigente manda sobre cualquier resumen, incluido este.
¿Qué es la NOM 010 STPS 2014 y a quién aplica?
La NOM-010-STPS-2014 es la norma oficial mexicana de la STPS sobre agentes químicos contaminantes del ambiente laboral. Su título añade tres palabras clave: reconocimiento, evaluación y control. Su objetivo es prevenir riesgos a la salud del personal ocupacionalmente expuesto (numeral 1). Además, aplica en todo el territorio nacional a los centros de trabajo con esos agentes (numeral 2).
Un agente químico contaminante es una sustancia o mezcla capaz de modificar las condiciones ambientales del centro de trabajo. Así, según sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición, puede alterar la salud de los trabajadores (numeral 4.2). Además, algunas son cancerígenas: la norma distingue las confirmadas (A1) de las sospechosas en humanos (A2) (numeral 11.8).
Por eso, un derrame no es solo un tema de salud. También puede provocar incendios y explosiones. Para ese riesgo, revisa la guía de la NOM 002 sobre prevención de incendios.
Estado de la norma al 23 de octubre de 2026
Datos verificados en fuentes oficiales en esa fecha. Si pasó tiempo, confirma el estado en la ficha de PLATIICA.
| Dato | Resultado | Fuente |
|---|---|---|
| Estado | Vigente. Última revisión sistemática: 14 de marzo de 2025, con resultado de confirmación. | PLATIICA, Secretaría de Economía |
| Publicación y entrada en vigor | DOF del 28 de abril de 2014. En vigor desde el 28 de abril de 2016. Sustituyó a la NOM-010-STPS-1999. | DOF |
| Modificación en el programa de normalización | No aparece en el PNIC 2025, en el PNIC 2026 ni en el Suplemento 2026. | PNIC 2026 en el DOF |
¿Cómo se clasifican los agentes químicos y las sustancias según la norma?
La norma no usa una sola clasificación. Pide describir cada sustancia por tres rasgos (numeral 8.1). Son el estado físico, la vía de ingreso y el grado de riesgo o categoría de peligro. Además, para priorizar el muestreo considera la cantidad manejada por día y la volatilidad (numeral 9.5).
| Criterio | Qué pide la norma | Numeral |
|---|---|---|
| Estado físico | Sólidos: polvo, humo y fibra. Líquidos: neblina y rocío. Gases: vapor y gas. | 8.1 b) y Tabla 1 |
| Vía de ingreso | Respiratoria, cutánea u oral. | 8.1 b) y 9.13 b) |
| Grado de riesgo o categoría de peligro | Del Grado 0 al Grado 4 del modelo de rectángulo de la NOM-018-STPS-2000. O de la Categoría 5 a la 1 del SGA. La Categoría 1 equivale al Grado 4. | 9.7, Tablas 4 y 6 |
| Volatilidad | Baja, media o alta. Todos los gases son de alta volatilidad. | 9.8, Tablas 7 y 8 |
| Cantidad manejada por día | Gramos o mililitros, kilos o litros, toneladas o metros cúbicos. Cualquier cantidad de una sustancia cancerígena A1 o A2, teratogénica o mutagénica se considera aparte. | 8.1 b), 9.6 y Tabla 3 |
Sin embargo, el modelo de rectángulo de la NOM-018-STPS-2000 ya no está vigente. Aun así, la norma permite usar el sistema de comunicación de peligros del centro (numeral 9.7). Si buscas las clases generales, revisa la guía de manipulación de sustancias peligrosas.
¿Qué obligaciones tiene el patrón según la NOM 010?
El capítulo 6 enumera 14 obligaciones del patrón. La tabla las resume y, además, muestra cómo las comprueba la autoridad según el numeral 16.3.
| N.º | Obligación del patrón | Numeral | Comprobación (16.3) |
|---|---|---|---|
| 1 | Contar con el estudio actualizado de los agentes químicos. | 6.1 y cap. 8 | Documental |
| 2 | Contar con el reconocimiento de los agentes químicos. | 6.2 y cap. 9 | Documental |
| 3 | Colocar señalamientos de precaución, obligación y prohibición en la entrada de las áreas con exposición. | 6.3 | Física |
| 4 | Contar con la evaluación de las concentraciones hecha por un laboratorio de pruebas. | 6.4 y cap. 10 | Documental |
| 5 | Realizar el monitoreo biológico, según la NOM-047-SSA1-2011 o la que la sustituya. | 6.5 | Documental |
| 6 | Instaurar acciones de control para no exponer a concentraciones superiores a los valores límite. | 6.6 y cap. 11 | Documental y registros |
| 7 | Proporcionar el equipo de protección personal específico al riesgo. | 6.7 | Entrevista |
| 8 | Practicar exámenes médicos y conservar los resultados en un expediente. | 6.8 y cap. 12 | Documental |
| 9 | Informar a los trabajadores sobre los riesgos a la salud. | 6.9 | Documental |
| 10 | Capacitar y adiestrar al personal expuesto. | 6.10 y cap. 13 | Documental y registros |
| 11 | Llevar los registros del reconocimiento, la evaluación, el control y los exámenes médicos. | 6.11 | Registros |
| 12 | Dar a conocer al personal expuesto el resultado de sus exámenes médicos anuales. | 6.12 | Documental |
| 13 | Prohibir la exposición de menores de 14 a 16 años y de mujeres en periodo de gestación o lactancia. | 6.13 | Física |
| 14 | Exhibir ante la autoridad laboral la información y los documentos que la norma obliga a tener. | 6.14 | A solicitud de la autoridad |
Por otra parte, el capítulo 7 fija ocho obligaciones para el personal expuesto. Entre ellas, observar las medidas preventivas (7.1) y reportar condiciones inseguras y accidentes (7.2). También usar y conservar el EPP (7.3), someterse a los exámenes médicos (7.7) y participar en la capacitación (7.8).
Estudio, reconocimiento, evaluación y control: ¿cómo se hace?
El estudio es el documento base. Después vienen el reconocimiento, la evaluación y el control.
- Estudio (capítulo 8): lista cada sustancia con cantidad por jornada, estado físico, vía de ingreso y grado de riesgo (8.1). Además, se complementa con la hoja de datos de seguridad (8.2).
- Reconocimiento (capítulo 9): identifica sustancias, fuentes emisoras, grupos de exposición homogénea y controles existentes (9.2). Puede hacerlo el patrón o un laboratorio (9.1).
- Evaluación (capítulo 10): mide la concentración en el aire. Debe hacerla un laboratorio de pruebas acreditado y aprobado (6.4, 10.1.1 y 15.1).
- Control (capítulo 11): define las medidas según el resultado de la evaluación.
El estudio se actualiza cuando sustituyes o incorporas sustancias, o cuando cambian instalaciones, procesos o equipos (8.3). Por otra parte, si el patrón hizo el reconocimiento, el laboratorio lo valida (10.1.2).
El laboratorio compara los resultados con los valores límite del Apéndice I (numeral 10.4.1). Luego calcula el límite superior de confianza (LSC). La Tabla 17 define tres escenarios frente al valor límite de exposición, o VLE (numeral 10.4.3):
- LSC menor a 0.50 VLE: se da seguimiento a las medidas de control que ya existen.
- LSC entre 0.50 VLE y VLE: se adecuan las medidas de control, con exámenes médicos específicos y nuevo muestreo.
- LSC mayor que el VLE: se instrumentan medidas técnicas y administrativas, con exámenes médicos específicos y nuevo muestreo.
Las medidas técnicas incluyen, entre otras, ventilar y sustituir sustancias por otras menos nocivas (numeral 11.3). Mientras se implementan, las administrativas se aplican de inmediato (11.5). Por ejemplo, limitar la exposición, dotar el EPP y restringir el acceso (11.6).
Hay dos casos especiales. Primero, con sustancias cancerígenas A1 o A2, el LSC debe mantenerse por debajo del nivel de acción (numeral 11.8). Además, ante un derrame o fuga que rebase el valor pico, se evacua el área (numeral 11.9).
La evaluación exige personal competente. Por eso, esta guía no la sustituye.
Valores límite de exposición: ¿qué son y dónde se consultan?
Un valor límite de exposición (VLE) es la concentración de referencia de un agente químico en el aire. Se expresa en mg/m³, f/cm³ o ppm (numeral 4.39). Además, la norma define tres tipos:
- VLE-PPT: promedio ponderado de una jornada de ocho horas diarias y 40 horas semanales (4.42).
- VLE-CT: concentración máxima de corto tiempo, de hasta quince minutos (4.40).
- VLE-P: concentración pico, que no debe rebasarse en ningún momento de la jornada (4.41).
El nivel de acción es la mitad del VLE-PPT (numeral 4.29). Por otra parte, el Apéndice I advierte que no separan de forma definida lo seguro de lo peligroso (I.4).
Esta guía no copia los valores por sustancia, porque la tabla es extensa y puede actualizarse. Consulta la Tabla I.1 en el texto oficial en el DOF y apóyate en personal competente para interpretarla.
Además, la frecuencia del muestreo depende del LSC (Tabla 18, numeral 15.4). Si supera el VLE, se muestrea al menos cada 3 meses. Si es de hasta 0.25 VLE, cada 24 meses. Sin embargo, la vigencia termina antes si se incorporan sustancias o se modifican instalaciones, procesos o equipos (numeral 15.5).
¿Qué equipo de protección personal exige la NOM 010?
La NOM 010 exige proporcionar al personal expuesto el equipo de protección personal (EPP) específico al riesgo (numeral 6.7). Además, la selección y el uso se rigen por la NOM-017-STPS-2024. Esa norma sustituyó a la versión 2008, que todavía cita el texto de la NOM 010.
Esa norma pide analizar los riesgos por puesto, incluidos los químicos (5.1). También pide considerar la HDS al elegir el equipo (5.3). Además, exige registrar su revisión, reposición y limpieza (5.12).
Encuentras el detalle en la guía de la NOM-017-STPS-2024 y en qué son los EPP. Para ordenar la compra y la reposición, revisa también cómo trazar un plan de EPP.
Esta tabla toma las filas de riesgo químico del Apéndice I de la NOM-017-STPS-2024, que es no normativo.
| Región del cuerpo | Equipo que lista el apéndice | Riesgo que cubre |
|---|---|---|
| Ojos y cara | Anteojos y gafas de protección. | Proyección de líquidos, vapores, humos, salpicaduras o neblinas. |
| Aparato respiratorio | Respirador contra partículas o contra gases y vapores. Equipo autónomo o con línea de aire. | Polvos y partículas. Gases y vapores. Deficiencia de oxígeno o espacios confinados. |
| Extremidades superiores | Guantes contra sustancias químicas. | Sustancias corrosivas, irritantes o tóxicas. |
| Tronco | Ropa o mandil contra sustancias químicas. Ropa de encapsulamiento. | Sustancias corrosivas, irritantes o tóxicas. |
| Extremidades inferiores | Calzado contra sustancias químicas. | Contacto de los pies con sustancias químicas. |
| Otros | Equipo para derrames y emergencias. Detector de gases. | Emergencias químicas, altas concentraciones o deficiencia de oxígeno. |
La norma remite al fabricante y a la HDS para conocer el tipo y grado de protección. Por eso, la selección final corresponde a personal competente.
Hojas de datos de seguridad y NOM-018: ¿qué debes tener?
Debes tener una hoja de datos de seguridad (HDS) de cada sustancia química peligrosa y mezcla que manejes. También debes ponerla a disposición permanente de los trabajadores en las áreas de manejo (NOM-018-STPS-2015, numerales 6.3 y 6.4).
La NOM 010 usa la HDS en tres momentos. Primero, complementa el estudio (numeral 8.2). Luego, puede aportar la volatilidad (numeral 9.5). Por último, es un tema de la capacitación (numeral 13.1).
El texto de la NOM 010 cita la NOM-018-STPS-2000 o las que la sustituyan. Sin embargo, la vigente es la NOM-018-STPS-2015, en vigor desde el 9 de octubre de 2018. Esa norma exige al patrón:
- Un listado actualizado de sustancias y mezclas, con su clasificación de peligros (8.1 a).
- Una HDS de cada sustancia, en español y con las 16 secciones del numeral 9.2 (9.1).
- La señalización o el etiquetado de depósitos, recipientes, anaqueles y áreas de almacenamiento (6.5 y capítulo 10).
- Capacitación al menos una vez al año, con su registro o evidencia (11.1 y 11.3).
Además, la señalización debe coincidir con la información de la HDS (numeral 10.2). Para ver los pictogramas, revisa la guía del Sistema Globalmente Armonizado.
Vigilancia a la salud, capacitación y registros: ¿qué se conserva y por cuánto tiempo?
Un médico con experiencia en medicina del trabajo dirige la vigilancia a la salud (12.3). Esta guía no da criterios médicos, porque eso corresponde al médico. La tabla reúne los plazos de los registros.
| Registro | Numeral | Conservación o frecuencia |
|---|---|---|
| Estudio de agentes químicos | 8.1 a 8.4 | Al menos cinco años. Se actualiza al cambiar sustancias o procesos. |
| Informe de reconocimiento | 9.13 y 9.14 | Firmado. Al menos cinco años. |
| Informe de evaluación del laboratorio | 10.5 y 15.4 | Firmado. Al menos cinco años. Vigencia según la Tabla 18. |
| Seguimiento de medidas de control | 11.10 | Por área o puesto. Plazo mínimo general de dos años (16.7). |
| Expediente clínico | 12.4 | Mínimo cinco años desde el último examen. |
| Capacitación | 6.10, 6.11 y 13.2 | Capacitación al menos cada doce meses. |
El programa de vigilancia incluye, como mínimo, historia clínica laboral, exámenes y medidas de control (numeral 12.2). Además, el monitoreo biológico se rige por la NOM-047-SSA1-2011 o la que la sustituya (numeral 6.5).
La capacitación cubre, entre otros temas, las propiedades y efectos de las sustancias y la forma segura de trabajar (13.1). También incluye el sistema de comunicación de peligros.
Por último, la norma permite exhibir evidencias y registros de forma impresa o en medios magnéticos (numeral 16.7).
¿Quiénes no pueden exponerse a agentes químicos?
El numeral 6.13 ordena prohibir esa exposición a los menores de 14 a 16 años. También la prohíbe a las mujeres en periodo de gestación o lactancia. Es la redacción literal de la norma. Además, la autoridad lo comprueba con un recorrido por el centro de trabajo (numeral 16.3).
Checklist de manejo seguro de sustancias químicas
Usa este checklist en una ronda de inspección. Marca cada punto como Cumple, No cumple o No aplica, y anota el hallazgo. Sin embargo, no reemplaza la norma, al laboratorio ni al médico. Revisa también las inspecciones de seguridad y los tipos de auditoría.
| Punto de control | Qué verificar | Numeral |
|---|---|---|
| Listado de sustancias | Listado actualizado, con cantidad, estado físico, vía de ingreso y grado de riesgo. | NOM-010, 8.1 |
| Estudio actualizado | Se actualizó tras cambiar sustancias, instalaciones, procesos o equipos. | NOM-010, 8.3 |
| Hoja de datos de seguridad | Cada sustancia y mezcla tiene su HDS en español, con 16 secciones. | NOM-018, 9.1 y 9.2 |
| HDS al alcance | Las HDS están disponibles de forma permanente en las áreas de manejo. | NOM-018, 6.4 |
| Reconocimiento | Firmado y conservado al menos cinco años. | NOM-010, 9.14 |
| Informe de evaluación | Informe de laboratorio vigente según la Tabla 18. | NOM-010, 6.4 y 15.4 |
| Señalamientos en la entrada | Precaución, obligación y prohibición en las áreas con exposición. | NOM-010, 6.3 |
| Etiquetado y señalización | Depósitos, recipientes, anaqueles y almacenamiento señalizados. | NOM-018, 6.5 y 10.4 |
| Medidas de control | Tienen responsable y seguimiento registrado. | NOM-010, 11.1 y 11.10 |
| Protección respiratoria | Si hay respiradores, existe el programa y su seguimiento. | NOM-010, 11.6 d) y 11.7 |
| Respuesta a derrames | Procedimiento de evacuación, primeros auxilios y ventilación. | NOM-010, 11.9 |
| EPP específico al riesgo | El EPP corresponde al análisis de riesgos y a la HDS (sección 8). | NOM-010, 6.7. NOM-017, 5.1 y 5.3 |
| Registro del EPP | Entrega, revisión, reposición y limpieza registradas. | NOM-017, 5.12 |
| Personas que no pueden exponerse | Ningún menor de 14 a 16 años ni mujer en gestación o lactancia expuesta. | NOM-010, 6.13 |
| Vigilancia a la salud | Programa a cargo de un médico. Exámenes practicados, informados y con expediente. | NOM-010, 6.12, 12.1, 12.3 y 12.4 |
| Capacitación | En los últimos doce meses, con registro de asistencia y temas. | NOM-010, 13.1 y 13.2. NOM-018, 11.1 y 11.3 |
Un resultado No cumple es un hallazgo que necesita responsable y fecha. Por eso conviene cerrarlo con un plan de acción y verificar que se corrigió.
¿Cómo registrar estas inspecciones con DataScope?
DataScope es una plataforma para operaciones en terreno: mantenimiento, operaciones de campo y HSEQ. Puedes armar este checklist como un formulario con respuestas Cumple, No cumple y No aplica. Además, cada ítem admite comentarios y fotos. Así la ronda queda registrada y es más fácil dar seguimiento a cada hallazgo.
- Cada respuesta queda con el usuario, la fecha y la hora en que se envió.
- Además, la app móvil permite responder sin conexión. La información se sincroniza al recuperar la señal y abrir la app.
- Desde un ítem del checklist puedes crear un ticket con responsable y fecha de vencimiento, desde el plan Professional.
- También puedes dejar la firma del responsable al cerrar la inspección.
- Los planes pagos incluyen usuarios ilimitados y el precio se calcula por acciones, no por usuario.
Sin embargo, DataScope no mide concentraciones ni reemplaza al laboratorio, al médico o a la hoja del proveedor. Ayuda a registrar inspecciones y a dejar evidencia de lo que se revisó. La norma vigente manda sobre cualquier registro.
Parte con una plantilla de la biblioteca. La biblioteca de DataScope incluye una plantilla para el manejo de sustancias químicas. Su título menciona la NOM-018-STPS-2015. Revisa casco, guantes, gafas de seguridad y mascarilla. También evalúa señales, almacenamiento, etiquetado, fichas de datos de seguridad y derrames. Termina con observaciones y firma. Pero no incluye los campos del estudio del capítulo 8, así que conviene ajustarla a tu operación.
En resumen
La NOM 010 pide conocer cada sustancia y medir la exposición con un laboratorio acreditado. Además, exige controlarla y vigilar la salud del personal. La hoja de datos de seguridad de la NOM-018 y el EPP de la NOM-017 completan el cuadro. Por eso, empieza por el estudio y el checklist, y confirma siempre el texto vigente.
Preguntas frecuentes sobre la NOM 010
Es la norma de la STPS sobre agentes químicos contaminantes del ambiente laboral. Establece el reconocimiento, la evaluación y el control de la exposición. PLATIICA la lista como vigente al 23 de octubre de 2026.
Un laboratorio de pruebas acreditado y aprobado debe hacer la evaluación de las concentraciones (numerales 6.4 y 15.1). El reconocimiento, en cambio, puede hacerlo el patrón o el laboratorio. Si lo hace el patrón, el laboratorio lo valida.
La NOM 010 regula el reconocimiento, la evaluación y el control de la exposición a agentes químicos. La NOM-018-STPS-2015 regula la comunicación de peligros, con hojas de datos de seguridad y señalización. Se complementan.
La NOM 010 pide capacitar al personal expuesto al menos cada doce meses (numeral 13.2). La NOM-018 también exige capacitación al menos una vez al año. Además, hay que repetirla cuando se incorpora una sustancia o se actualiza la hoja de datos.
El estudio, el informe de reconocimiento y el de evaluación se conservan al menos cinco años. El expediente clínico, cinco años desde el último examen. Otros registros, como mínimo dos años (numeral 16.7).
El numeral 6.13 ordena al patrón prohibir esa exposición. Alcanza a menores de 14 a 16 años y a mujeres en periodo de gestación o lactancia. Además, la autoridad lo comprueba con un recorrido por el centro de trabajo. Consulta el texto vigente para casos particulares.
