Decreto Supremo 594: Herramienta esencial para un ambiente de trabajo seguro

Tabla de Contenidos

Aplicar correctamente la medidas establecidas el Decreto Supremo 594, es fundamental para enfrentar en forma exitosa los múltiples riesgos químicos, biológicos y físicos a los cuales están expuestos a diario los trabajadores.

Alcances e importancia del Decreto Supremo 594

Para prevenir estas y otras circunstancias de riesgo similares, el ministerio de Salud de Chile promulgó en 1999 el Decreto Supremo N°594. 

Este cuerpo legal obliga a las empresas, sin importar su tamaño o sector productivo-operativo, a mantener lugares de trabajo seguros para toda su fuerza laboral. 

Esta condición incluye tanto a los trabajadores contratados directamente por la empresa, como a los terceros contratistas que realicen actividades para ella.

De este modo, la Ley busca resguardar la salud y bienestar de los trabajadores, mediante diversas normas sanitarias y ambientales dirigidas específicamente a las empresas.

¿Cómo se aplica el Decreto Supremo 594?

El Decreto Supremo 594 actúa a partir de 2 criterios básicos centrales:

  1. Identifica los diversos agentes de riesgo ambiental que existen en los distintos rubros de trabajo.
  2. Establece las acciones que se deben adoptar para eliminar o mitigar dichos riesgos.

Para tales efectos, el Decreto Supremo 594 establece un conjunto de medidas que todas las empresas deben tomar, para contar con un espacio de trabajo en óptimas condiciones de salubridad:

Servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas

  1. El lugar del trabajo debe contar con servicios higiénicos, de uso individual o colectivo y separados por sexo en las empresas donde trabajen hombres y mujeres.
  2. Los trabajadores en contacto con sustancias químicas, o que realicen labores que provoquen suciedad corporal, deben contar con duchas de agua caliente y fría.
  3. La empresa es responsable de mantener espacios de trabajo libres o protegidos del ingreso de vectores sanitarios capaces de transmitir infecciones, como moscas, mosquitos, roedores y otros.

Provisión de agua potable

  1. Es obligatorio contar con agua potable tanto para consumo humano, como para necesidades básicas de higiene y aseo personal.
  2. El agua potable debe cumplir los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente (Norma Chilena NCh 409/1).

Disposición de residuos industriales 

  1. Está prohibido que la empresa vierta en la red pública de aguas servidas, cualquier tipo de sustancia peligrosa (tales como corrosivos, líquidos inflamables o venenosos, entre otros).
  2. Los relaves industriales o mineros, y las aguas contaminadas con productos tóxicos, deben ser tratadas o depuradas antes de ser incorporadas a cualquier otro sistema de aguas.
  3. La empresa debe contar con la respectiva autorización sanitaria para acumulación, tratamiento y disposición de residuos industriales, independientemente del lugar donde se ubique.

Guardarropías y comedores 

  1. Si el tipo de trabajo o actividad realizada requiere cambio de ropa (como faenas forestales, mineras y de construcción, por ejemplo), la empresa debe contar con vestidores equipados con casilleros individuales, que además estén protegidos de las condiciones climáticas.
  2. Si el trabajador está expuesto a sustancias tóxicas o infecciosas, debe contar con dos casilleros guardarropas individuales, ventilados y separados.
  3. Los comedores deben estar completamente aislados de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación ambiental.
  4. Los comedores también deben estar dotados de mesas, sillas y agua potable para el aseo. Además deben tener red de refrigeración, cocinilla, lavaplatos y sistema de energía eléctrica propio, si así lo exigen las condiciones ambientales (por ejemplo, en un campamento forestal o minero).

Condiciones generales de construcción y sanidad 

  1. Los pavimentos y los revestimientos de los pisos donde circulan los trabajadores, deben ser sólidos y de material antideslizante.
  2. Es imprescindible que la empresa mantenga en todo momento el orden, la limpieza y el buen estado de los lugares de trabajo. Esto incluye el entorno, las paredes y otros elementos estructurales cercanos (oficinas, talleres, patios comunes, etc.).
  3. Los pisos y pasillos de la empresa siempre deben estar libres de obstáculos.
  4. En los lugares de trabajo donde haya campamentos (como faenas mineras, acuícolas y forestales, por ejemplo), los dormitorios de los trabajadores deben estar separados por sexo.
  5. Estas instalaciones siempre deben estar protegidas de las condiciones climáticas externas y contar con energía eléctrica, duchas e instalaciones sanitarias.

¿Cómo cuidar las condiciones ambientales en el trabajo?

Al interior de los diversos espacios de trabajo, existen múltiples factores de riesgo que pueden incrementar el peligro de sufrir accidentes y enfermedades laborales. 

Para prevenir esta situación, el Decreto Supremo 594 establece las siguientes disposiciones:

1. Ventilación 

  • Todo lugar de trabajo debe contar con adecuada ventilación, natural o artificial.
  • Cualquier concentración de aerosoles, humos, gases, vapores o emanaciones nocivas no puede exceder los límites permisibles establecidos por la normativa vigente. Para prevenir este riesgo, se debe capturar o filtrar los contaminantes directamente desde su fuente de origen (hornos, chimeneas, motores, cámaras de combustión, etc.).

2. Seguridad

  • Es imprescindible que la empresa mantenga en buen estado de funcionamiento y en condiciones seguras la infraestructura, maquinarias, herramientas y equipos utilizados por los trabajadores.
  • Es obligatorio identificar las zonas de peligro, indicando en forma claramente visible el tipo de agente (por ejemplo, “presencia de líquidos inflamables”), la condición de riesgo (por ejemplo, “incendio”) y los elementos de protección personal EPP necesarios (por ejemplo, cascos, antiparras, guantes, trajes de asbesto y zapatos de seguridad, entre otros).
  • Cada recinto de trabajo debe contar con sus respectivas vías de evacuación para casos de emergencia (como pasillos, escaleras, toboganes y otros, de acuerdo con las características específicas de cada lugar).
  • Las máquinas automotoras utilizadas en las instalaciones de la empresa (camiones, vehículos de carga livianos, excavadoras, montacargas y grúas, entre otras) deben tener alarma de retroceso sonora, y solo pueden ser conducidas por trabajadores que cuenten con la licencia correspondiente.

3. Prevención y protección de incendios 

  • Está prohibido fumar o encender fuego en las áreas donde haya gran cantidad de materiales combustibles (líquidos, sólidos o gaseosos), y donde se procesen productos inflamables o de fácil combustión.
  • El control de los productos combustibles debe incluir medidas tales como racionalización de la cantidad y entrenamiento intensivo del personal a cargo.
  • Las empresas que utilizan equipos e instalaciones eléctricas, así como máquinas que originen fricción, chispas mecánicas o de combustión, o que tengan superficies calientes, deben implementar medidas especiales para controlar las fuentes de calor.
  • Es obligatorio contar con la cantidad y tipo de extintores compatibles con las características de los materiales que se manipulen en la empresa. Además, el personal a cargo de su uso debe ser entrenado continuamente.

4. Equipos de protección 

  • La empresa está obligada a entregar gratuitamente a sus trabajadores los respectivos equipos de protección personal que requieren, según el tipo de riesgos al que están expuestos durante el desempeño de sus labores.
  • La empresa también debe capacitar en forma constante a sus trabajadores, en el uso correcto de los equipos de protección personal.

¿Cómo prevenir accidentes y enfermedades por contaminación ambiental?

Para prevenir los accidentes o enfermedades causados por contaminación ambiental, es imprescindible identificar primero los diferentes tipos de riesgos presentes en el lugar de trabajo.

 Al respecto, el Decreto Supremo 594 menciona 3  grupos de agentes contaminantes básicos:

1. Químicos

Se relacionan con la manipulación de productos o compuestos cuya concentración en el ambiente puede provocar enfermedades, tales como gases, vapores, humos y aerosoles, entre otros.

2. Físicos

Se derivan de las condiciones físicas del entorno laboral. Su efecto nocivo se origina porque el intercambio de energía entre el individuo y el ambiente se produce a un velocidad y proporción mayor a la que soporta el organismo.

Por ejemplo, ruido, vibraciones, digitación, radiaciones ionizantes, aumento o disminución de la presión atmosférica y temperatura anormal, entre otros. 

3. Biológicos

Se relacionan con la presencia de microorganismos, virus, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia u otras enfermedades.

El Decreto Supremo 594 establece límites permisibles y de tolerancia biológica para estos factores de riesgos, los cuales deben revisarse cada 5 años.

Si una medición representativa de las concentraciones de las sustancias contaminantes, o de la exposición a los agentes físicos, demuestra que se han sobrepasado los valores permitidos, la empresa debe iniciar inmediatamente las acciones pertinentes para controlar el riesgo.

Actualizaciones del Decreto Supremo 594

Para optimizar la protección de los trabajadores, el Decreto Supremo 594 incorporó recientemente los siguientes campos de acción:

Límites para la radiación UV artificial

Establece límites máximos posibles para la exposición a radiaciones ultravioleta generadas por fuentes artificiales (no provenientes del sol).

Límites para la radiación UV solar

Establece las siguientes medidas para proteger a la fuerza laboral de los efectos de la radiación ultravioleta de origen solar:

  • Informar a los trabajadores sobre los riesgos específicos de la exposición laboral a radiación UV de origen solar, así como sus efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel.
  • Publicar diariamente, y en lugar visible, el índice UV señalado por la Dirección Meteorológica, y a partir de él aplicar medidas de control que incluyan el uso de elementos de protección personal.
  • Identificar a los trabajadores expuestos a radiación UV solar, y verificar en cada uno de ellos la efectividad de las medidas de protección implementadas.
  • Sombrear los lugares de trabajo para disminuir la radiación UV solar y establecer el horario de colación entre las 13 y las 15 horas, en lugares sombreados aptos para ello.
  • Contar con elementos de protección en buen estado, según el grado de exposición, tales como gorros, lentes, protector solar, etc.
  • Mantener un constante programa de instrucción teórico-práctico que eduque sobre los riegos y consecuencias de la exposición a radicación UV solar.

¿Cómo se fiscaliza la correcta aplicación del Decreto 594?

El Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) pone a disposición de todas las empresas el texto del Decreto Supremo 594 y brinda la asesoría necesaria para que se aplique de manera eficiente. 

La fiscalización y control de esta normativa es responsabilidad de los servicios de salud de cada región, cuyas autoridades también están facultadas para aplicar las respectivas sanciones contempladas en el Código Sanitario.

En caso de que las empresas no cumplan el Decreto Supremo 594 se exponen a severas sanciones, que van desde multas hasta la suspensión temporal o permanente, en caso de reincidencia.

¿Cómo facilitar la implementación del decreto 594 con tecnología?

Implementar las diversas medidas contempladas en el Decreto Supremo 594 implica un trabajo altamente detallado que no puede hacerse con formularios de papel.

Por el contrario, se requieren herramientas digitales que optimicen los flujos de trabajo y garanticen un seguimiento ágil de las diversas medidas implementadas para resguardar la salud de los trabajadores.

El software especializado en seguridad de DataScope brinda esta valiosa ayuda en todo momento, pues sus múltiples herramientas permiten realizar acciones estratégicamente importantes, tales como:

  1. Diseñar y aplicar checklists y formularios digitales acordes con las necesidades de tu empresa.
  2. Asignar tareas a trabajadores y supervisores en terreno, para completar los diferentes formularios dentro de los plazos estipulados.
  3. Contar con datos en tiempo real, para agilizar la toma de decisiones.
  4. Armar dashboards de seguimiento para verificar la efectividad de las acciones implementadas.


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Sobre el autor

Francisco Gonzalez

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