La NOM 035 suele volver a la agenda cuando alguien pregunta por la evidencia. Por ejemplo, llega una visita de la autoridad laboral, una auditoría interna o una queja por malos tratos. Entonces surgen las dudas de fondo. ¿Qué nos toca según el número de trabajadores? ¿Hay que aplicar la Guía II o la III? ¿Qué registros debemos tener?
Esta guía responde esas preguntas con los numerales de la NOM-035-STPS-2018. Además, explica cómo se hace la medición, qué debe tener la política y qué guardar como evidencia. No reproduce los cuestionarios de las guías. Un aviso antes de empezar: la norma vigente manda sobre cualquier resumen, incluido este.
¿Qué es la NOM 035 y para qué sirve?
La NOM-035-STPS-2018 es la norma oficial mexicana sobre factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Sirve para identificar, analizar y prevenir esos factores. También busca promover un entorno organizacional favorable (numeral 1). Rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo (numeral 2).
Según el numeral 4.7, los factores de riesgo psicosocial pueden provocar trastornos de ansiedad, del sueño y de estrés grave. Incluyen, por ejemplo, condiciones peligrosas en el ambiente de trabajo y cargas que exceden la capacidad del trabajador. También cuentan la falta de control sobre el trabajo, las jornadas largas y la rotación de turnos nocturnos. Además, suman la interferencia trabajo-familia y el liderazgo o las relaciones negativas. Las condiciones físicas tienen sus propias normas, como la NOM-002 de incendios o la NOM-010 de agentes químicos.
Un punto que conviene aclarar: la norma evalúa las condiciones del trabajo, no a las personas. La guía informativa de la STPS lo dice de forma expresa. Es decir, no obliga a aplicar una evaluación psicológica a todos ni a medir el estrés de cada trabajador.
Estado de la norma al 26 de octubre de 2026
| Dato | Resultado | Fuente |
|---|---|---|
| Estado | Vigente. Última revisión sistemática: 13 de diciembre de 2024, con resultado de confirmación. | PLATIICA, Secretaría de Economía |
| Publicación y entrada en vigor | DOF del 23 de octubre de 2018. En vigor desde el 23 de octubre de 2019. Los numerales 5.2, 5.3, 5.6, 5.8, 8.3, 8.4, 8.5 y el capítulo 7 rigen desde el 23 de octubre de 2020. | DOF, transitorios |
| Modificación | No aparece en el programa de normalización 2026 ni en su suplemento. No encontramos un proyecto de modificación publicado en 2025 o 2026. | Programa 2026 y Suplemento 2026 |
¿Qué obligaciones hay según el número de trabajadores?
Depende de cuántas personas laboran en el centro de trabajo. Los rangos son hasta 15, de 16 a 50 y más de 50 (numeral 2). Por eso, el primer paso es ubicar cada centro en su rango. En todo caso, todos comparten la política, la prevención, la atención de acontecimientos traumáticos y la difusión.
| Obligación (numeral) | Hasta 15 | De 16 a 50 | Más de 50 |
|---|---|---|---|
| Política de prevención de riesgos psicosociales (5.1) | Sí | Sí | Sí |
| Medidas de prevención y control (5.4 y capítulo 8) | Sí, numerales 8.1 y 8.2 | Sí, todo el capítulo 8 | Sí, todo el capítulo 8 |
| Identificar y canalizar a quienes vivieron acontecimientos traumáticos severos (5.5) | Sí | Sí | Sí |
| Difundir información a los trabajadores (5.7) | Sí | Sí, con resultados | Sí, con resultados |
| Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial (5.2, 5.3 y 7.1) | No | Sí, a todos los trabajadores | Sí, a todos o a una muestra representativa |
| Evaluar el entorno organizacional (5.3 y 7.3) | No | No | Sí |
| Exámenes médicos y evaluaciones psicológicas cuando se cumplen las condiciones del 5.6 | No | Sí | Sí |
| Informe, consulta de resultados y repetición cada dos años (7.7 a 7.9) | No | Sí | Sí |
| Registros de resultados, medidas y trabajadores evaluados (5.8) | No | Sí | Sí |
Por otra parte, el 5.6 no aplica a todos. Exige exámenes cuando hay signos o síntomas de alteración a la salud. Además, debe existir un resultado de la identificación que lo sugiera o quejas de violencia laboral. Pueden realizarlos la institución de seguridad social o privada, o el médico, psicólogo o psiquiatra del centro.
Un dato más: el centro con certificado vigente en la NMX-R-025-SCFI-2015, de igualdad laboral, da por cumplidos algunos numerales. Son el 5.1 b), 5.7 d), 8.1 b) y partes del 8.2 (numeral 2). Sin embargo, ese certificado no reemplaza la identificación ni el análisis.
Guías de referencia I, II y III: ¿qué son y a quién aplican?
Son anexos de la norma con cuestionarios de ejemplo. Cada guía aclara que es un complemento y que no es de cumplimiento obligatorio. Aun así, son el camino más usado, porque un método propio debe pasar una validación estadística exigente (numeral 7.5).
| Guía | Qué contiene | A quién se dirige |
|---|---|---|
| I | Cuestionario para identificar a trabajadores que vivieron un acontecimiento traumático severo y requieren valoración clínica. | Todos los centros, por la obligación del numeral 5.5. |
| II | Cuestionario de 46 preguntas sobre factores de riesgo psicosocial, con su forma de aplicar y calificar. | Centros de hasta 50 trabajadores. La identificación es obligatoria desde 16. |
| III | Cuestionario de 72 preguntas sobre factores de riesgo y entorno organizacional, con fórmula de muestra. | Centros de más de 50 trabajadores. |
| IV | Ejemplo de política de prevención de riesgos psicosociales. | Cualquier centro. |
| V | Ficha de datos generales del trabajador. | Se llena, en su caso, después del cuestionario. |
Sobre la Guía I, la guía informativa de la STPS ofrece dos caminos. Si el centro ya sabe quiénes vivieron el acontecimiento, aplica la guía solo a esas personas. En cambio, si no tiene esa información o no es confiable, debe aplicarla a todos.
Sin embargo, la Guía I no diagnostica una enfermedad. Solo indica si alguien necesita valoración clínica. En ese caso, el patrón lo canaliza para su atención (numeral 5.5). Puede hacerlo a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro. Este artículo no es asesoría clínica: esa atención corresponde a profesionales de la salud.
¿Y si prefieres un cuestionario propio? El numeral 7.4 lo permite. Sin embargo, debe cubrir los factores del 7.2 y, si aplica, el 7.3. Además, debe estar validado según el 7.5. Por ejemplo, con trabajadores en México y un alfa de Cronbach mayor a 0.7.
¿Cómo se hace la medición de la NOM 035?
La medición es la identificación y el análisis de los factores de riesgo psicosocial. En centros de más de 50 trabajadores, incluye también la evaluación del entorno organizacional. Se hace con cuestionarios, ya sea los de las guías o uno propio validado. Además, se repite al menos cada dos años (numeral 7.9).
- Ubica el centro en su rango de trabajadores. Así sabrás si aplica la medición y con qué alcance.
- Elige el método: Guía II, Guía III o un cuestionario propio que cumpla los numerales 7.4 y 7.5.
- Define a quiénes. De 16 a 50 trabajadores, participan todos. Con más de 50, todos o una muestra aleatoria calculada con la fórmula de la Guía III (numeral III.1).
- Prepara la aplicación. Las guías piden explicar el objetivo y enfatizar la privacidad y la confidencialidad de los datos.
- Califica cada cuestionario y determina el nivel de riesgo, según las reglas del método elegido.
- Redacta el informe con los datos del numeral 7.7. Después, déjalo disponible para consulta de los trabajadores (7.8).
- Integra el resultado al diagnóstico de seguridad y salud de la NOM-030-STPS-2009 (numeral 7.6).
La muestra tiene dos condiciones. Primero, la selección es aleatoria, sin importar turno, puesto ni área. Además, se reparte entre hombres y mujeres según su proporción en el centro. Como referencia, la Guía III calcula 80 cuestionarios para un centro de 100 trabajadores.
Después, las Guías II y III clasifican el resultado en cinco niveles. La tabla resume qué acción pide cada uno.
| Nivel de riesgo | Qué pide la guía |
|---|---|
| Muy alto | Análisis por categoría y dominio, y programa de intervención con evaluaciones específicas y campañas de sensibilización. |
| Alto | Análisis por categoría y dominio, y programa de intervención con campaña de sensibilización. Puede incluir una evaluación específica. |
| Medio | Revisar la política y los programas de prevención, y reforzar su aplicación y difusión con un programa de intervención. |
| Bajo | Mayor difusión de la política y de los programas de prevención. |
| Nulo o despreciable | No requiere medidas adicionales. |
Política de prevención de riesgos psicosociales: ¿qué debe incluir?
Debe estar por escrito y cubrir tres temas (numeral 5.1). Son prevenir los factores de riesgo psicosocial, prevenir la violencia laboral y promover un entorno favorable. Además, el patrón debe implantarla, mantenerla y difundirla. Aplica a todos los centros, sin importar su tamaño.
Como apoyo, la Guía IV trae un ejemplo de política que sirve como punto de partida. Por otro lado, la evidencia de difusión puede ser folletos, boletines o carteles. Así lo indica el procedimiento del numeral 10.2. Por eso conviene guardar fecha, lugar y medio de cada difusión.
Ojo con la violencia laboral. Para la norma, incluye el acoso psicológico, el hostigamiento y los malos tratos (numeral 7.2 g). El acoso sexual no se considera para efectos de esta norma.
Medidas de prevención y acciones de control: ¿qué exige el capítulo 8?
Todos los centros deben prevenir y promover un entorno favorable con acciones concretas (numerales 8.1 y 8.2). Desde 16 trabajadores, si la medición lo determina, también deben ejecutar un programa de control (8.3 a 8.5). La norma no impone una medida específica para cada hallazgo.
El numeral 8.1 pide tres cosas. Primero, acciones de apoyo social, difusión de información y capacitación. Segundo, mecanismos seguros y confidenciales para recibir quejas y denuncias de violencia laboral. Por último, acciones de pertenencia, responsabilidades claras, cargas equilibradas y reconocimiento del desempeño.
Además, el 8.2 detalla esas acciones por tema. Por ejemplo, incluye manejo de conflictos y comunicación entre supervisores y trabajadores. También pide revisar la distribución de cargas y planificar pausas. Asimismo, exige detectar necesidades de capacitación al menos cada dos años. Puedes integrarlo a tus planes de capacitación en seguridad y salud.
Cuando hay programa, el numeral 8.4 fija su contenido mínimo:
- Áreas de trabajo o trabajadores sujetos al programa.
- Tipo de acciones y medidas de control.
- Fechas programadas y control de avances.
- Evaluación posterior a las medidas, en su caso.
- Responsable de la ejecución.
Las acciones se organizan en tres niveles (numeral 8.5). El primero actúa sobre la organización y la política. El segundo actúa sobre grupos, con información y sensibilización. En cambio, el tercero es individual y aplica cuando hay signos de alteración a la salud. Las intervenciones clínicas de ese nivel las hace siempre un médico, psicólogo o psiquiatra.
Difusión, registros y evidencias: ¿qué conviene guardar?
Guarda la evidencia de cada obligación que te aplica. La norma acepta registros impresos o en medios electrónicos (numeral 10.4). Además, pide conservarlos al menos un año desde su elaboración. Esta tabla reúne lo principal.
| Qué guardar | Numeral | Aplica a |
|---|---|---|
| Política escrita y evidencia de su difusión | 5.1, 5.7 y 10.2 | Todos los centros |
| Mecanismo seguro y confidencial de quejas, y su difusión | 8.1 b) y 5.7 d) | Todos los centros |
| Identificación y canalización por acontecimientos traumáticos severos | 5.5 | Todos los centros |
| Informe de la identificación y análisis, y de la evaluación del entorno si aplica | 7.7 y 7.8 | 16 o más trabajadores |
| Programa de intervención con fechas, avances y responsable | 8.3 y 8.4 | 16 o más, si la medición lo pide |
| Registros de resultados, medidas de control y trabajadores evaluados con exposición comprobada | 5.8 | 16 o más trabajadores |
Los trabajadores también tienen obligaciones (capítulo 6). Por ejemplo, deben participar en la identificación y en los eventos de información. Asimismo, deben informar por escrito si presenciaron o sufrieron un acontecimiento traumático severo (6.5).
Vigilancia, auditoría y unidad de verificación: ¿qué es obligatorio?
La vigilancia corresponde a la STPS (capítulo 11). Contratar una unidad de verificación no es obligatorio: el numeral 9.1 dice que el patrón «tendrá la opción» de hacerlo. Si la contrata, debe estar acreditada y aprobada.
El procedimiento de evaluación de la conformidad es el mismo en ambos casos. Aplica a las visitas de inspección de la autoridad y a las de las unidades de verificación (numeral 10.1). Se comprueba con revisión documental, registros o entrevistas. Por ejemplo, en un centro de 16 a 50 trabajadores se entrevista a dos personas al azar (numeral 10.3).
Además, si contratas una unidad, recibirás un dictamen con los datos del numeral 9.3. Ese dictamen dura dos años, siempre que no cambien las condiciones que le dieron origen (9.4). Por otra parte, la NOM-035 no fija montos de multas. Para sanciones, revisa la legislación laboral vigente con tu área legal.
¿Qué beneficios tiene aplicar la NOM 035?
Según la guía informativa de la STPS, la norma busca beneficiar la salud de los trabajadores. También apunta a la productividad de los centros. Por ejemplo, ordena temas que suelen quedar dispersos: cargas de trabajo, turnos, liderazgo, quejas y capacitación.
Además, el informe y el programa dejan claro qué se encontró y quién responde por cada acción. Eso facilita el seguimiento con la comisión de seguridad e higiene. Si te interesa un efecto concreto en la operación, revisa también esta guía sobre ausentismo laboral.
¿Cómo registrar la evidencia de la NOM 035 con DataScope?
DataScope es una plataforma para operaciones de terreno: mantenimiento, operaciones de campo y seguridad y salud en el trabajo. Te ayuda a registrar y dejar evidencia de varias tareas. Por ejemplo, la difusión de la política, las rondas de condiciones y el avance del programa. Así, cada acción queda trazable.
- Formularios y checklists que configura tu equipo, con fotos, comentarios y firma.
- Cada respuesta queda con el usuario, la fecha y la hora en que se envió.
- Además, la app móvil permite responder sin conexión. La información se sincroniza al recuperar la señal y abrir la app.
- Desde un ítem del checklist puedes crear un ticket con responsable y fecha de vencimiento, desde el plan Professional.
- También puedes configurar permisos por usuario, por ejemplo quién puede modificar respuestas.
- Los planes pagos incluyen usuarios ilimitados y el precio se calcula por acciones, no por usuario.
Ojo con los cuestionarios. En DataScope, cada respuesta queda asociada al usuario que la envía. Además, el Help Center no documenta un modo de respuestas anónimas. Por eso, antes de aplicar ahí un cuestionario de las guías, consulta a tu área legal. Define con ella cómo resguardar la privacidad y la confidencialidad.
DataScope no califica niveles de riesgo, no emite dictámenes ni reemplaza al médico o al psicólogo. La norma vigente manda sobre cualquier registro. Por último, quizá no lo necesites si tu centro es pequeño. Por ejemplo, si una carpeta con la política y sus carteles ya funciona.
Parte con una plantilla de la biblioteca. El «Formulario de Evaluación de la Norma 035 STPS» es un sondeo breve de seis preguntas de opción. Pregunta por estrés en los últimos seis meses, carga de trabajo y equilibrio con la vida personal. También por apoyo de superiores, comunicación del equipo y condiciones físicas. Termina con la firma del empleado. Sin embargo, no reemplaza a las Guías II ni III. Además, la firma identifica a quien responde, así que ajústala si buscas confidencialidad.
En resumen
La NOM-035 pide distinto según el tamaño del centro de trabajo. Todos necesitan política, prevención, atención de acontecimientos traumáticos y difusión. Desde 16 trabajadores se suma la medición, y desde 51 la evaluación del entorno. Por eso, ubica tu rango, guarda la evidencia y confirma siempre el texto vigente.
Preguntas frecuentes sobre la NOM 035
Es la norma oficial mexicana de la STPS sobre factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Pide identificarlos, analizarlos y prevenirlos, y promover un entorno organizacional favorable. PLATIICA la lista como vigente al 26 de octubre de 2026. Su última revisión sistemática, de diciembre de 2024, la confirmó.
Sí. Los centros de hasta 15 trabajadores deben tener una política de prevención y adoptar medidas de prevención. También deben identificar y canalizar a quienes vivieron acontecimientos traumáticos severos, y difundir información. En cambio, no están obligados a identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial con cuestionarios.
La Guía II tiene 46 preguntas sobre factores de riesgo psicosocial y se dirige a centros de hasta 50 trabajadores. La Guía III tiene 72 preguntas, suma el entorno organizacional y permite usar una muestra. Ninguna es obligatoria. Puedes usar un método propio validado según el numeral 7.5.
Al menos cada dos años, según el numeral 7.9. Aplica a la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, si corresponde, a la evaluación del entorno. El resultado consta en un informe disponible para los trabajadores. Además, las evidencias se conservan al menos un año.
No. El numeral 9.1 dice que el patrón tiene la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada. La vigilancia corresponde a la STPS. Si contratas una, su dictamen dura dos años, mientras no cambien las condiciones que le dieron origen.
No. Según la guía informativa de la STPS, la norma evalúa las condiciones del trabajo, no a las personas. Los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas aplican cuando hay signos o síntomas y se dan las condiciones del numeral 5.6. Los realiza un profesional de la salud o una institución de seguridad social.
